Guías y Protocolos

El Senado aprueba directrices pioneras para el uso responsable de la Inteligencia Artificial

PorSecretaría General del Senado

El Senado aprueba directrices pioneras para el uso responsable de la Inteligencia Artificial

16 de febrero de 2026 — El Senado de España ha aprobado un marco normativo integral que regula el uso de la inteligencia artificial en sus funciones constitucionales, parlamentarias y administrativas, convirtiéndose en una de las primeras instituciones legislativas en establecer directrices específicas para el despliegue responsable de esta tecnología.

Un marco ético y jurídico para la IA institucional

Las Directrices de uso de la Inteligencia Artificial en el Senado establecen los principios, procedimientos y salvaguardas necesarios para aprovechar el potencial transformador de la IA mientras se minimizan los riesgos asociados a su implementación en el ámbito parlamentario.

Objetivos principales

Las directrices persiguen tres objetivos fundamentales:

  1. Mejorar la eficiencia de las funciones de representación ciudadana y control del Gobierno
  2. Garantizar el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas
  3. Asegurar la calidad democrática mediante un uso responsable y transparente de la tecnología

Ámbito de aplicación

Alcance personal

La normativa se aplica a:

  • Senadores y Senadoras en ejercicio de sus funciones parlamentarias
  • Personal funcionario y laboral del Senado
  • Personal eventual y de grupos parlamentarios
  • Cualquier persona que trabaje bajo supervisión de la Cámara

Alcance material

Las directrices regulan el uso de sistemas de IA en todas las funciones constitucionales, parlamentarias y administrativas desempeñadas en el Senado.

Gestión integral de riesgos

El documento identifica y aborda cinco categorías principales de riesgos:

1. Riesgos para derechos fundamentales

  • Vulneración de privacidad y protección de datos
  • Sesgos discriminatorios contra personas o grupos
  • Conculcación de propiedad intelectual
  • Limitación del acceso a información pública

2. Riesgos operativos

  • Generación de información incorrecta o engañosa (alucinaciones)
  • Adopción de decisiones inadecuadas por sistemas autónomos
  • Compromiso institucional por difusión de contenido erróneo

3. Riesgos para la seguridad

  • Vulnerabilidades explotables mediante ataques externos
  • Manipulación de sistemas, redes o datos
  • Comprometimiento de confidencialidad y fiabilidad

4. Riesgos institucionales

  • Responsabilidad jurídica por daños a terceros
  • Menoscabo del prestigio institucional

5. Impacto ambiental

  • Consumo energético significativo de sistemas de IA

Principios rectores

Las directrices se fundamentan en 15 principios éticos y jurídicos:

  • Responsabilidad en el uso consciente de riesgos y potencialidades
  • Confiabilidad, robustez y seguridad de los sistemas implementados
  • Respeto a la autonomía humana sin patrones manipulativos
  • Transparencia en funcionamiento y explicabilidad de decisiones
  • Proporcionalidad ajustada a necesidades específicas
  • Supervisión humana obligatoria de todos los resultados
  • Rendición de cuentas sin elusión de responsabilidad personal
  • Apertura e interoperabilidad de sistemas
  • Privacidad y protección de datos personales (RGPD/LOPDGDD)
  • Igualdad y no discriminación algorítmica
  • Cumplimiento normativo del Reglamento IA UE 2024/1689
  • Conocimiento obligatorio de las directrices previo al uso
  • Apertura tecnológica favorable a la innovación

Regulación de adquisición y despliegue

Proceso de evaluación

Antes de implantar cualquier sistema de IA, se exige:

  1. Evaluación de impacto supervisada por la Comisión de Seguridad de la Información
  2. Documentación técnica detallada (arquitectura, datos, algoritmos, mitigación de riesgos)
  3. Cumplimiento de estándares institucionales específicos

Criterios de contratación

Los pliegos de licitación deben:

  • Incorporar todos los principios éticos y jurídicos
  • Valorar positivamente la certificación ISO/IEC 42001
  • Incluir cláusulas sobre protección de datos, igualdad y derechos de autor
  • Exigir que los proveedores acrediten buenas prácticas en desarrollo ético

Protección de datos de entrenamiento

Garantía fundamental: Los proveedores deben asegurar que los datos introducidos por usuarios del Senado no se utilizan para entrenar ningún modelo de IA.

Directrices de uso práctico

Sistemas autorizados

  • Solo se pueden utilizar sistemas expresamente autorizados por el Senado
  • Prohibición absoluta de herramientas no autorizadas en equipos o redes institucionales
  • Listado actualizado disponible en la intranet

Protección de información sensible

Prohibiciones absolutas:

  • Información sujeta a secreto parlamentario: nunca se introducirá en ningún sistema de IA
  • Información sujeta a reserva parlamentaria o protegida por propiedad intelectual: solo en sistemas autorizados no públicos y previa autorización superior jerárquica

Supervisión obligatoria

  • Verificación humana previa al uso oficial de toda información o decisión generada por IA
  • Especial atención a vulneración de derechos y funcionamiento institucional
  • Responsabilidad personal ineludible del supervisor humano

Transparencia ciudadana

El Portal de Transparencia del Senado publicará:

  • Sistemas de IA utilizados en la Cámara
  • Finalidades específicas de cada sistema
  • Funcionamiento básico de las herramientas

Formación y capacitación

Plan de formación continua

Dirigido a todas las personas sujetas a las directrices para garantizar:

  • Comprensión de riesgos y limitaciones
  • Conocimiento de capacidades y funcionalidades
  • Uso responsable y efectivo de sistemas

Especialización técnica

Capacitación de perfiles especializados en:

  • Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
  • Otras direcciones según necesidades específicas

Gobernanza y responsabilidad

Órganos competentes

Responsabilidad directa:

  • Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
  • En colaboración con el Delegado de Protección de Datos

Supervisión estratégica:

  • Mesa del Senado
  • Secretaría General y Secretaría General Adjunta para Asuntos Administrativos
  • Comisión de Seguridad de la Información

Régimen sancionador

Los incumplimientos podrán dar lugar a responsabilidad disciplinaria conforme al régimen que establezca la Mesa del Senado en un plazo de seis meses.

Informes de seguimiento

La Secretaría General elaborará un informe anual que incluirá:

  • Usos específicos de sistemas de IA
  • Estadísticas de utilización
  • Evaluación de sistemas implementados
  • Incidencias registradas
  • Mejoras implementadas

Este informe será:

  1. Presentado a la Comisión de Seguridad de la Información
  2. Elevado a la Mesa de la Cámara
  3. Publicado en el Portal de Transparencia (en lo procedente)

Entrada en vigor y período transitorio

  • Entrada en vigor: 60 días tras publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales
  • Adaptación de sistemas existentes: 6 meses desde la entrada en vigor

Marco jurídico de referencia

Las directrices se fundamentan en:

  • Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial
  • RGPD (Reglamento General de Protección de Datos 2016/679)
  • LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos)
  • Reglamento del Senado
  • Legislación nacional complementaria

Conclusión

Con estas directrices, el Senado se posiciona a la vanguardia institucional en la regulación del uso de inteligencia artificial, estableciendo un modelo de gobernanza que equilibra:

Innovación tecnológica para mayor eficiencia
Protección de derechos fundamentales
Transparencia democrática en el uso de IA
Responsabilidad institucional y rendición de cuentas

Este marco normativo garantiza que el Senado aproveche el potencial de la IA para mejorar el servicio a la ciudadanía, preservando al mismo tiempo los valores democráticos, los derechos fundamentales y la dignidad humana que sustentan nuestro Estado de Derecho.


Última actualización: 16 de febrero de 2026

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