Colombia anula condena penal por uso irresponsable de IA: el caso TSB 1714
¿Puede anularse una sentencia penal porque un juez usó IA sin verificar sus respuestas?
En Colombia, la respuesta ya es sí. El 2 de diciembre de 2025, el Tribunal Superior de Bogotá (Sala Penal) declaró la nulidad de una sentencia condenatoria a 198 meses de prisión porque la juez de primera instancia construyó su razonamiento jurídico sobre al menos dieciséis fuentes —jurisprudencia, doctrina y normativa— que no existen o cuyo contenido no corresponde a lo que se les atribuyó.
Leer análisis doctrinal completo en Firma Scarpa
El Tribunal concluyó, con base en la probabilidad más alta, que esos errores son producto de las denominadas 'alucinaciones' de herramientas de inteligencia artificial generativa utilizadas sin la supervisión humana exigida por el ordenamiento colombiano. Es la primera vez que una sala penal colombiana declara la nulidad de una condena por este motivo.
Qué ocurrió: el caso en tres párrafos
El procesado Luis Alberto Contreras Fandiño fue condenado el 23 de octubre de 2025 por el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Bogotá por el delito de acceso carnal con persona incapaz de resistir agravado (Arts. 210-211 del Código Penal), con una pena de 198 meses de prisión. El proceso se remonta a hechos ocurridos en junio de 2013 e imputación formulada en enero de 2016.
Al resolver el recurso de apelación, el Tribunal Superior de Bogotá (Magistrado Ponente: Jarol Estibens Echeverry Giraldo) revisó las fuentes citadas en la sentencia de instancia y encontró que providencias de la Corte Suprema de Justicia, sentencias de la Corte Constitucional y obras doctrinales invocadas para sustentar la condena no existen en los repositorios oficiales, o contienen contenido radicalmente diferente al que se les atribuye.
La pluralidad, sistematicidad y naturaleza de los errores —imposibles de pasar inadvertidos en una lectura atenta de la providencia— llevó al Tribunal a concluir que la sentencia fue elaborada con IA generativa sin verificación. El 2 de diciembre de 2025, declaró la nulidad total y ordenó compulsar copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.
Los 16 errores que derrumbaron la condena
El Tribunal identificó, entre otras, las siguientes fuentes falsas o tergiversadas en la sentencia de instancia:
Providencias de la Corte Suprema de Justicia que no aparecen en sus repositorios oficiales (CSJ SP-1123-2018, CSJ SP-4959-2021, CSJ SP-1769-2023). Sentencias de la Corte Constitucional cuyo contenido real no guarda ninguna relación con el que se les atribuyó —como la STC T-301/2016, que en realidad trata sobre interrupción voluntaria del embarazo, no sobre el enfoque de género en valoración probatoria—. Una obra doctrinal de Velásquez Velásquez titulada 'Derecho Procesal Penal Colombiano' que el autor nunca escribió. Artículos de la Ley 906 de 2004 aplicados a supuestos para los que no fueron creados. Citas textuales de providencias reales cuyo texto no coincide con el fallo auténtico.
Por qué el Tribunal declaró la nulidad y no dictó sentencia sustitutiva
La jurisprudencia de la Corte Suprema (CSJ SP2956/2018) clasifica los defectos de motivación en cuatro categorías. Solo la 'motivación sofística o aparente' —aquella que contradice grotescamente la verdad probada— puede resolverse con una decisión sustitutiva del ad quem. Los otros tres defectos (ausencia absoluta, motivación incompleta y dilógica) generan nulidad.
El Tribunal identificó el vicio producido por la IA como motivación sofística, lo que en principio habilitaría una decisión sustitutiva. Sin embargo, concluyó que la falsedad permea de forma tan integral los fundamentos de derecho y de valoración probatoria, que emitir una nueva sentencia desde el Tribunal significaría privar al procesado de la garantía constitucional de la doble instancia. La nulidad fue, así, la única solución constitucionalmente compatible.
¿Qué significa esto para operadores judiciales y abogados?
Para los jueces: La verificación de cada cita jurisprudencial, normativa y doctrinal antes de firmar una providencia ya no es una recomendación de buenas prácticas. Es una obligación cuyo incumplimiento puede generar nulidad de la actuación y responsabilidad disciplinaria. El Acuerdo PCSJA24-12243 del Consejo Superior de la Judicatura (16 dic. 2024) prohíbe expresamente usar IA para valorar pruebas, resolver el problema jurídico o motivar decisiones sin supervisión humana real.
Para los abogados defensores: Este fallo abre una nueva vía de impugnación. Si una sentencia condenatoria contiene citas jurídicas que no existen o cuyo contenido no corresponde a lo atribuido, la nulidad por violación al debido proceso (Art. 457 CPP) es procedente, con independencia del fondo del caso.
Para los fiscales: La pérdida de prueba material y las imprecisiones en los relatos de las víctimas —dos puntos centrales de este caso— deberán sustentarse en jurisprudencia verificada en la nueva sentencia que habrá de dictarse. El riesgo de prescripción de la acción penal, en un proceso que data de 2013, es real y urgente.
Conclusiones y próximos pasos
El caso TSB Sala Penal, Rad. 1714, establece que en Colombia la sentencia judicial producida con IA sin supervisión no es una sentencia defectuosa: es una simulación de sentencia, jurídicamente nula. El Tribunal fue explícito en que no condena el uso de la IA en la judicatura —que alienta—, sino la delegación del razonamiento judicial a la herramienta sin control humano efectivo.
El precedente también llega en un momento en que la comunidad jurídica internacional converge en la misma dirección: la Cámara Penal de Esquel (Chubut, Argentina) anuló en octubre de 2025 una providencia en cuyo texto apareció literalmente la instrucción de una IA generativa. La racionalidad judicial, concluye el Tribunal Superior de Bogotá, es indelegable.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cuál es el fundamento legal de la nulidad declarada por el TSB? El artículo 457 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), que establece la nulidad por violación del derecho de defensa o del debido proceso. La motivación judicial basada en fuentes inexistentes impide al procesado ejercer una contradicción efectiva, vulnerando el núcleo esencial del derecho de defensa consagrado en el artículo 29 de la Constitución.
¿Puede un juez usar inteligencia artificial en Colombia? Sí, pero con restricciones. El Acuerdo PCSJA24-12243 y la sentencia T-323/2024 de la Corte Constitucional permiten el uso de IA para tareas administrativas y de gestión. Sin embargo, prohíben su uso para valorar pruebas, resolver el problema jurídico central o motivar la decisión, cuando ello se hace partiendo exclusivamente de las respuestas de la herramienta sin verificación y supervisión humana.
¿Qué consecuencias disciplinarias puede tener la juez de primera instancia? El Tribunal ordenó compulsar copias del expediente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para que investigue si la conducta de la juez constituye falta disciplinaria. El resultado de esa investigación es independiente de la nulidad declarada en el proceso penal.
Artículos relacionados
Amparo Directo 6/2025: IA y Derechos de Autor en México
Análisis jurídico de la sentencia de la SCJN que rechaza la protección de obras creadas por inteligencia artificial. Estudio de las cuestiones de autoría, originalidad y dominio público bajo la LFDA.
Big Brother Watch y otros c. Reino Unido (2021): Hito Jurisprudencial en Vigilancia Masiva, Privacidad y Control Judicial - Análisis Exhaustivo IRAC
Análisis jurisprudencial integral de la sentencia de la Gran Sala del TEDH que establece estándares de control en vigilancia masiva. Examen de los 5 issues principales, jurisprudencia consolidada, implicaciones para sistemas de IA, y recepción posterior. Referencia obligatoria para regulación de vigilancia electrónica.
X.AI Corp. v. OpenAI, Inc. (2026): Hito en Misappropriación de Secretos Comerciales, Responsabilidad de Empleadores y Estándares de Pleading en Derecho de Propiedad Intelectual - Análisis IRAC Exhaustivo
Análisis jurisprudencial integral de la sentencia de desestimación del caso X.AI v. OpenAI que establece estándares críticos en misappropriación de trade secrets: posesión no es misappropriación, se requiere evidencia de uso, inducement debe ser específico, y circunstancias sospechosas son insuficientes. Análisis de DTSA, CUTSA, UCL, y jurisprudencia del Noveno Circuito aplicable a startups de IA.
Kettering Adventist Healthcare v. Collier: Sanciones Monumentales por AI Hallucinations en Investigación Legal
Análisis jurídico integral de la sentencia de la Corte de Distrito del Sur de Ohio contra abogados Mary T. Scott y H. Leon Hewitt por fabricación de citas mediante IA generativa. Examen crítico de Rule 11(b), duty of candor, contempt of court y estándares de diligencia debida en la era de IA legal.
